Diferencia entre revisiones de «Seguro a todo riesgo»

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Expresión mediante la cual se quiere significar que en determinado [[contrato de seguro]] se han incluido todas las [[garantías]] normalmente aplicables a determinado [[riesgo]]. P. ej., en el seguro de automóviles se suele denominar «a todo riesgo» a la [[póliza]] que cubre la [[responsabilidad civil]] y la [[defensa jurídica]] del conductor y los daños, incendio y robo del vehículo.
 
Expresión mediante la cual se quiere significar que en determinado [[contrato de seguro]] se han incluido todas las [[garantías]] normalmente aplicables a determinado [[riesgo]]. P. ej., en el seguro de automóviles se suele denominar «a todo riesgo» a la [[póliza]] que cubre la [[responsabilidad civil]] y la [[defensa jurídica]] del conductor y los daños, incendio y robo del vehículo.
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[[Category:Diccionario del Seguro]]

Revisión actual del 09:34 2 junio 2022

Expresión mediante la cual se quiere significar que en determinado contrato de seguro se han incluido todas las garantías normalmente aplicables a determinado riesgo. P. ej., en el seguro de automóviles se suele denominar «a todo riesgo» a la póliza que cubre la responsabilidad civil y la defensa jurídica del conductor y los daños, incendio y robo del vehículo.